En este post os vamos a comentar la nueva normativa que aplica a los faros ornamentales o luces de trabajo que se instalan en los vehículos.
Anteriormente era posible legalizar luces ornamentales en los vehículos sin conexión eléctrica pero el 23 de diciembre de 2021 el Ministerio ha sacado esta nota aclaratoria:
Por ello, DESDE YA sólo será posible legalizar los soportes para luces específicas. Es decir tu podrás llevar luces específicas que podrás cambiarlas y lo que quedará homologado es el soporte solamente:
Será muy importante que los soportes cumplan con aristas cortantes y para ello todos sus bordes deberán estar redondeados con un radio de curvatura mínimo de 2,5 mm y seguramente habrá que modificarlos (si son metálicos) colocando , por ejemplo, goma matafilos para que se puedan legalizar y tapones en los tornillos salientes (si los tiene)
Por ello, a la hora de legalizar se deberán enviar fotos detalle de los soportes cumpliendo con aristas.
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