En este post te vamos todo lo que tiene que saber para legalizar los espejos retrovisores en una moto.
Los espejos retrovisores son dos dispositivos, uno a cada, lado del manillar que se colocan para visualizar vehículos, objetos y personas que están detrás de nuestra moto.
Las motos cuya velocidad máxima supere los 100 Km/h deberán llevar ambos retrovisores.
Para velocidades entre 45 Km/h y 100Km/h podrán llevar solo el izquierdo.
Los vehículos que no superen los 45km/h estarían exentos de llevar espejos retrovisores.
No obstante, hay una norma que se debe aplicar en todos los casos. Si una moto viene de fábrica con dos retrovisores no está permitido eliminar ninguno de ellos, independientemente de su potencia. Por el contrario, si la moto fuese antigua y hubiera salido de fábrica sin retrovisores, no estarás obligado a ponérselos.
Pueden ubicarse en la parte superior o inferior del manillar pero deben de permitir ver perfectamente desde el puesto de conducción o no se podrá homologar.
El manual de reformas que no se considera reforma el cambio de espejos retrovisores por otros homologados siempre que se instalen en la ubicación original de los mismos.
Los nuevos espejos deberán de tener un marcaje de homologación tal como L E9 1234 para que se puedan homologar.
Deberán de ubicarse en una posición que permita hacer su función desde el puesto de conducción
Deberá de cumplir con esta distancia entre espejos:
Deberás ENVIARNOS las siguientes fotografías por WHATSAPP al 633 283 612:
Datos personales y del taller ejecutor (Rellenar y mandar foto)
En este formulario se deberán de poner los datos del taller que ejecuta la reforma. En el caso de que la reforma ya haya sido ejecutada, deberás de buscar un taller que quiera revisar el trabajo y firmar el certificado y poner sus datos en el bloque correspondiente al taller. En el caso de que no lo consigas ponte en contacto con nosotros para buscar una solución.